Preguntas Frecuentes

Voy a una agencia de viajes

Si vas a una agencia de viajes a comprar un pasaje o reservar un hotel, conocé qué información tienen que darte, si pueden cobrarte más de lo que dice la publicidad y qué pasa si te cancelan el viaje o tenés que volverte antes.

¿Qué tengo que tener en cuenta para elegir una agencia de viajes?

Lo primero que tenés que tener en cuenta cuando elegís una agencia de viajes es controlar que esté autorizada por el Ministerio de Turismo. Para saber si está autorizada, podes llamar al teléfono (011) 4316-1600 – internos 2228 / 2163 / 2146 / 2179 / 2144 / 2155 de 10:00 a 13:00 hs. y de 14:00 a 17:00 hs. Para más información consultá http://www.turismo.gov.ar/agencias

Ley 18.829 Operadores turísticos, Art. 1, inciso f.

Decreto 2182/72 Reglamentario de la Ley 18.829, Art. 5.

Si voy a comprar a una agencia de viajes un pasaje o paquete de vacaciones ¿pueden cobrarme un precio mayor al de la publicidad?

No. La agencia tiene que cobrarte por el pasaje o el paquete de vacaciones el mismo precio que salió publicado en internet o en el diario. No puede cóbrate de más.

Ley 24.240 Ley de Defensa del Consumidor, Art. 8.

Código Civil y Comercial de la Nación, Art. 1103.

Ley 18.829 Operadores turísticos, Art. 8.

¿Qué tengo que hacer cuando le compro a una agencia de viajes un pasaje o un paquete de vacaciones?

Tenés que firmar con la agencia de viajes un contrato por escrito que especifique:

  • Los servicios que compraste y sus características, por ejemplo, pasaje de micro o de avión, traslados, condiciones del hotel.
  • Las fechas de cada uno de los servicios que contrataste.
  • El precio y la forma de pago, por ejemplo, si es al contado o en cuotas.
  • Los plazos para confirmar o cancelar las reservas y los cargos. Los plazos para los reembolsos e indemnizaciones que se apliquen.
  • Las obligaciones que asumís vos y la agencia de viajes.

Tienen que darte una copia del contrato que firmaste.

Decreto 2182/72 Reglamentario de la Ley 18.829, Art. 13.

Resolución 256/00 Secretaria de Turismo, Art. 2.

No puedo viajar y ya compré el pasaje y la estadía en un hotel ¿puedo dárselos a un amigo?

Depende de las condiciones de tu compra. En algunos casos, podés darle tu pasaje y alojamiento a otra persona hasta 30 días antes de tu fecha de viaje. La agencia de viajes puede cobrarte un dinero extra.

Resolución 256/00 Secretaria de Turismo, Anexo I, inc. h.

Tuve un problema y tengo que volver antes de mi viaje ¿la agencia de viajes me devuelve el precio de los servicios que no usé?

No. La agencia de viajes no te devuelve el valor de los servicios que no usaste, por ejemplo, noches de alojamiento o pasajes. No importa el motivo por el que tenés que volver, no te devuelven el importe aunque se trate de problemas personales.

Resolución 256/00 Secretaria de Turismo, Anexo I, inciso J 4.

¿La agencia de viajes me tiene que informar qué documentos necesito para hacer el viaje que compré?

Sí. La agencia de viajes tiene la obligación de informarte con suficiente anticipación:

  • Los documentos que necesitás para viajar.
  • Las vacunas obligatorias que tenés que darte.
  • El permiso o visa para entrar a los países que vas a recorrer.
  • Cualquier otro requisito que exijan las autoridades de los países que vas a recorrer.

Resolución 256/00 Secretaria de Turismo, Anexo I, inciso e.

¿La agencia de viajes puede cambiar el hotel que contraté?

Sí. La agencia de viajes puede cambiar el hotel por uno de igual o mayor categoría en la misma ciudad, sin cobrarte ningún gasto.

Resolución 256/00 Secretaria de Turismo, Anexo I, inciso j.

¿La agencia de viajes puede cancelar un viaje programado?

Sí. La agencia de viajes puede cancelar un viaje programado cuando existen causas justificadas como, por ejemplo:

  • Una guerra o terremoto o cualquier situación imprevista que hace imposible el viaje.
  • Hay un gran aumento del valor del viaje por cambios en las monedas o tipos de cambio y muchos pasajeros cancelan su viaje.
  • No se hicieron las reservas de hotel o de los pasajes por algún motivo justificado ajeno a la voluntad de la agencia.
  • No se llegó al mínimo de pasajeros necesarios para hacer el viaje y siempre que esta condición te la comuniquen al comprar tu viaje. Tienen que informarte de la cancelación por lo menos 10 días antes del viaje y siempre que el anticipo que diste no supere el 20 % del valor del viaje.

Decreto 2182/72 Reglamentario de la Ley 18.829, Arts. 23 y 24.

¿Qué pasa si la agencia de viajes cancela el viaje sin un motivo justificado?

Cuando la agencia de viajes cancela el viaje sin causa justificada te tiene que devolver el precio que pagaste y una suma extra del 10 al 30 % de ese valor.

Decreto 2182/72 Reglamentario de la Ley 18.829, Arts. 23 y 24.

¿Qué puedo hacer si la agencia de viajes no cumple con los servicios que pagué?

Si la agencia de viajes no cumple, podés hacer:

Ley 24.240 Ley de Defensa del Consumidor, Art. 43 inciso c.

Ley 25.651 Obligaciones de las empresas de turismo, Art. 1.

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