CIVIL

Jubilación en Euros

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El actor involucrado había iniciado una acción de amparo para obtener la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de diversas disposiciones del Banco Central de la República Argentina (BCRA) y de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Con la acción, el jubilado buscaba la autorización correspondiente para obtener moneda extranjera –en este caso euros- por el cobro de su beneficio jubilatorio italiano. ( Jubilación en Euros )

Ahora el titular del Juzgado Federal número 4 de Mar del Plata, Alfredo López, hizo lugar a la acción de amparo y, de esta manera, avaló el cobro de los haberes previsionales de este jubilado en moneda extranjera.

A su vez, el magistrado declaró la inaplicabilidad de las restricciones a las operaciones cambiarias. La resolución ordena al BCRA y al Estado Nacional “procurar los medios necesarios a los fines de que el actor pueda reconvenir su beneficio jubilatorio en la moneda en que el país de origen la deposita mediante el otorgamiento inmediato de la correspondiente autorización para la adquisición de las sumas necesarias de la divisa extranjera, a los fines de que la amparista reciba su haber, ello siempre y cuando se encuentre regularizada la situación fiscal del actor”.

El magistrado recordó que si lo indicado no se cumple el Estado “deberá emitir resolución debidamente fundada y conforme a derecho en ese sentido, en tiempo real o en el término de 1(un) día hábil si la complejidad del caso así lo exigiere, explicitando los motivos de su pronunciamiento y los parámetros empleados”.

Por último, la resolución indica responsabilidad de los funcionarios “a cargo del PEN y del BCRA de los daños y perjuicios irrogados al amparista … y en caso de quedar firme la presente proceder a la remisión de los antecedentes a sede penal federal, con motivo de la posible comisión de delitos que surgieren de las presentes actuaciones tales como abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público”.

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